Posts Tagged : Abogadas

¿Qué pasa si se presenten varios planes de reestructuración, los llamados planes competidores?
María Bartle escribe sobre qué pasa si se presentan varios planes de reestructuración

¿Qué pasa si se presentan varios planes de reestructuración, los llamados planes competidores?

Cinco Días publica un artículo de nuestra compañera María Bartle, socia del departamento de Reestructuraciones e Insolvencias de Kepler-Karst, donde analiza el vacío legal existente ante esta cuestión y la reciente sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº5 de Madrid.

Planes competidores cinco dias maría bartle

Ante esta situación, el Juzgado resolvió aplicando la regla de prior in temporte potior in iure, que supone que va a tramitarse el primer Plan que se presente, exponiendo varios argumentos para sustentar su decisión, como la falta de previsión regulatoria en el Texto Refundido de la Ley Concursal, la limitación de las facultades del juzgador a la homologación de los planes y la no causación de inseguridad jurídica.

La falta de regulación en el TRLC es llamativa y, como dice María en el artículo, “el tiempo dirá si esta es la tesis que mantendrán el resto de los juzgados y que posteriormente confirman las Audiencias Provinciales, o si este vacío legal acabará generando, precisamente, lo que sin duda debe evitarse: una heterogeneidad de criterios y de formas de proceder que variarán según el territorio.

Planes competidores cinco dias

No te pierdas el análisis de María en este enlace.

Sobre María Bartle:

María es socia del departamento de Reestructuraciones e Insolvencias, y abogada especializada en Derecho Concursal.

Con un perfil eminentemente técnico y más de 20 años de experiencia en el sector legal, María es administradora concursal y a lo largo de su carrera ha participado en procedimientos concursales de gran envergadura, teniendo ocasión de asumir la dirección de adquisiciones de unidades productivas o EREs, así́ como de participar en multitud de incidentes concursales o procedimientos judiciales en los que la concursada ha sido parte.

Su trayectoria ha estado siempre ligada al Derecho Mercantil, tanto como asesora legal del día a día de las empresas y participando en procesos de adquisición de unidades productivas a nivel nacional e internacional. Además, su interés y especialización en Derecho Tributario hacen de ella una abogada capaz de ofrecer un asesoramiento completo y multidisciplinar a las empresas.

Ha participado en operaciones de reestructuración en diversos sectores, principalmente del sector de la industria cerámica, así como en sede concursal. Es licenciada Derecho por la Universidad de Valencia, Diploma de Estudios Avanzados en Derecho Tributario por la Universitat de València (programa de Ordenación Jurídica de la Actividad Financiera), habiendo así mismo realizado diversos estudios de posgrado, entre ellos el Curso de postgrado de Empresas en crisis: prevención, reestructuración y concurso de acreedores impartido por el IDEC – Universitat Pompeu Fabra.

Transmisión de participaciones en Sociedades Limitadas (S.L.)
Transmisión de participaciones en Sociedades Limitadas (S.L.)

Te explicamos las claves de la transmisión o venta de participaciones en Sociedades Limitadas (S.L.).

La Sociedad Limitada (“S.L.”) es la modalidad societaria más común entre las pymes, ya que no necesita de una gran inversión para constituirse (3.000 €), y suele tener un carácter familiar. En la S.L., el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, y los socios no responden personalmente de las deudas contraídas por la sociedad.

Dado este carácter más familiar, donde los socios tienen un papel predominante y se puede limitar la entrada a terceros ajenos a la sociedad, poder vender o transmitir nuestra participación en una S.L. tiene ciertas condiciones y limitaciones. Te los contamos:

  • Salvo que los estatutos sociales, o pactos sociales, fijen limitaciones al respecto en las S.L., el socio tiene la posibilidad de transmitir libremente sus participaciones a otros socios, a su cónyuge, ascendiente o descendente, y a favor de sociedades del mismo grupo que la transmitente.
  • Si se pretende vender o transmitir participaciones a terceros ajenos a la sociedad, hay que comunicar al órgano de administración la intención de venderlas, el número de participaciones que se quieren vender y su precio, ya que existen derechos de adquisición preferente por parte del resto de socios que pueden limitar esta libertad de transmisión. Estos derechos pueden ser ejercidos por otros socios o por la propia sociedad, y suelen estar recogidos en los estatutos de esta.
  • La transmisión de participaciones en una S.L. debe ser comunicada a la sociedad para que se proceda a su inclusión en el libro de socios.

En Kepler-Karst contamos con abogados altamente cualificados especializados en derecho de empresa  con experiencia en situaciones de compraventa de participaciones. Si tienes alguna cuestión sobre cómo vender o adquirir participaciones en SL, contacta con nosotros.

Davinia Sánchez entrevistada en Iberian Lawyer sobre los retos de las abogadas

En conmemoración del Día Internacional de la Mujer, Davinia Sánchez, socia directora de Kepler-Karst, participa en un reportaje publicado por Iberian Lawyer para analizar los retos de las abogadas en el sector a día de hoy.

En él, Davinia destaca el papel de la mujer en los despachos de abogados y el cambio de paradigma que se va produciendo en cuanto a igualdad de género. En este sentido, considera que debe prevalecer la igualdad de oportunidades en los procesos de selección, con especial fijación en la meritocracia de los candidatos.

Aun así, Davinia detecta un reto para las firmas legales en la retención del talento: “la abogacía está perdiendo atractivo y cada vez son más los jóvenes que optan por trabajar en empresas o estudiar oposiciones”.

Iberian lawyer 8M entrevista a Davinia Sánchez sobre los retos de las abogadas

No te pierdas el reportaje completo en la revista mensual de Iberian Lawyer. Consíguela aquí.

María Bartle sobre la Ley de la Segunda Oportunidad – Cinco Días

Kepler-Karst, de la mano de María Bartle – socia del departamento de Reestructuraciones e Insolvencias-, ha colaborado en un reportaje sobre la eficacia de la Ley de la Segunda Oportunidad en Cinco Días.

La periodista, Nuria Morcillo, aborda las consecuencias que derivan de la exclusividad atribuida a los juzgados de lo Mercantil para juzgar los procedimientos relacionados con esta Ley, que entró en vigor el pasado mes de septiembre, siendo el riesgo de un posible colapso de los juzgados la mayor de ellas.

El texto no se olvida de mencionar los problemas que existen por la protección del crédito público, algo que según María Bartle va a restar eficacia a la norma.

Lee el artículo completo aquí.

Hablamos de la nueva Ley Concursal con… Alicia Díaz

Alicia Díaz es abogada especializada en derecho concursal y nos habla sobre algunas de las cuestiones más interesantes de la Reforma de la Ley Concursal.

Las empresas pueden acogerse a los planes de reestructuración cuando prevén que, si su situación no cambia, en dos años pueden ser insolventes. Por lo tanto, lo que trata la Reforma es dar continuidad a las empresas, que en el fondo es la mejor forma de salvaguardar los intereses de los acreedores, pues tendrán más posibilidades de cobrar su deuda, total o parcialmente, según lo que establezca el plan de reestructuración de esa empresa

No te pierdas la entrevista completa que le hemos hecho 👇

 

¿Qué principales novedades incorpora la reforma para proteger los intereses de los acreedores de una empresa en situación de estrés financiero?

El problema que siempre han tenido los acreedores en procedimientos concursales es que los propios empresarios, en general, esperan demasiado a solicitar la declaración de concurso, prácticamente hasta que la empresa deja de ser viable y su funcionamiento está en riesgo. Esa idea de aguantar hasta el último aliento es lo que hacía, en contra de sus propios intereses, que muchas de ellas terminaran en liquidación.

Con la nueva norma, se pretende poner el énfasis en la fase pre-concursal, es decir, se busca que las empresas puedan detectar lo antes posibles problemas de insolvencia y puedan buscar soluciones al margen del concurso (que se pretende que sea la última opción posible). La fórmula introducida es la de los planes de reestructuración, que si bien ya existían en la anterior norma, ahora llegan con novedades. Una de las más grandes es que las empresas pueden acogerse a estos planes cuando prevén que, si su situación no cambia, en dos años pueden ser insolventes. Por lo tanto, lo que trata la Reforma es dar continuidad a las empresas, que es en el fondo la mejor forma de salvaguardar los intereses de los acreedores, que tendrán más posibilidades de cobrar su deuda, total o parcialmente, según lo que establezca el plan de reestructuración de esa empresa.

 ¿Qué importancia tienen en estos planes de reestructuración las clases de acreedores?

Toda, es uno de los puntos más relevantes e interesantes. La nueva Ley concursal obliga a formar clases de acreedores para clasificar los créditos, y en esta clasificación se tienen en cuenta cuestiones como el interés común, conflictos de intereses, etc. Se pueden crear distintas clases según el concurso del que estemos hablando, y cada una de ellas tendrá unos derechos y privilegios.

El concepto de clases de acreedores es muy importante para definir cuáles son estos derechos de las partes en la reestructuración.

Los grupos de acreedores que se hagan son de gran importancia, porque si estas clases se conforman de manera errónea, el plan de reestructuración podrá impugnarse.

 ¿Tienen un nuevo rol los acreedores?

En la Reforma se da protagonismo y más autonomía a los acreedores, especialmente cuando son acreedores cualificados, pues cuentan con un plazo sucesivo al de la administración concursal para enviar un informe que califique de culpable el concurso y con propuesta de resolución.

Un dato interesante en este sentido es que se ha suprimido el Informe del Ministerio Fiscal, que solo será necesario en caso de que en los informes de calificación se pusieran de manifiesto posibles hechos delictivos. En tales casos será el Juez quien informe al Ministerio Fiscal.

Pero hay que aclarar que los acreedores ya antes podían personarse en la fase de calificación, la diferencia es que ahora y durante el mismo plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor podrá enviar a la administración concursal un correo electrónico para intentar fundamentar la calificación del concurso como culpable. Además, ante una posible calificación culpable o ante incumplimiento del convenio, los acreedores o personas que tengan un interés legítimo podrán personarse para defender esa calificación culpable de manera independiente.

Por otro lado, ahora se hace posible que acreedores y las personas afectadas por una posible calificación culpable lleguen a un acuerdo transaccional, aunque que esta opción salga adelante queda en manos de resolución judicial.

 

¿Tienes dudas sobre la Ley Concursal? ¡Llámanos! 

Hablamos con Susan León en el día Mundial del Abogado Joven

¡Hoy 31 de octubre celebramos el Día del Abogado Joven!

En Kepler-Karst apostamos por el talento joven y por ello queremos reconocer el trabajo realizado por Susan León en nuestro departamento de Penal Económico. Susan acaba de colegiarse y es nuestra abogada más joven!

🔍 ¿Quieres conocer a Susan más de cerca? 🔍

En su opinión, “desde el punto de vista técnico y del área de Derecho Penal Económico, a la que yo me dedico, noto que los abogados debemos estar al día de todas las novedades técnicas, no solo legales. Los delitos cambian y sin duda se han adaptado a las nuevas tecnologías y a nuevas herramientas: desde criptomonedas al metaverso”.

No te pierdas la entrevista completa que le hemos hecho 👇

 

1-¿Qué es lo que te motivó a ejercer la abogacía?

Mi familia, concretamente mi madre y mi tía. Desde pequeña ambas me han inculcado el afán de atender y ayudar a la gente. Ambas han sido mi referente en este aspecto y, si bien no comparto la vocación de mi madre por la medicina, sí comparto la de mi tía, que es también abogada, y es quien me ayudó a encontrar mi forma de contribuir a la sociedad, la abogacía.

 

2-¿Cuál es la lección más importante que has aprendido desde que te incorporaste a Kepler-Karst?

La lección más importante que he aprendido hasta el momento es que siempre se puede aprender algo nuevo y siempre se puede mejorar. Esta profesión es muy rica e implica una formación constante, ya no solo del estudio de los casos concretos sino de nuestros propios compañeros y jefes.

 

3-Desde tu punto de vista, ¿qué factores diferencian Kepler-Karst del resto de despachos?

La importancia que da el propio equipo a la formación. Y no me refiero solo a formación externa, que también se fomenta, sino a la interna. No es algo que simplemente se diga de puertas para afuera, en Kepler-Karst tenemos formaciones internas periódicas en las que un miembro del equipo expone un tema de interés. Además, y lo más importante a mi parecer, ninguno de los miembros del equipo duda en dedicar su tiempo a debatir, explicar y resolver dudas a cualquier nivel, desde los socios, abogadas asociadas, juniors y alumnos en prácticas. Es un ambiente formativo constante.

 

4-¿Hacia qué dirección crees que se está encaminando la abogacía? ¿Qué transformaciones aprecias que se están dando en el sector legal?

Desde el punto de vista técnico y del área de Derecho Penal Económico, a la que yo me dedico, noto que los abogados debemos estar al día de todas las novedades técnicas, no solo legales. Los delitos cambian y sin duda se han adaptado a las nuevas tecnologías y a nuevas herramientas: desde criptomonedas al metaverso. Sin duda el sector legal debe hacer un esfuerzo por actualizarse en estos ámbitos.

Por otro lado y como abogada joven, creo que las nuevas generaciones valoramos estructuras más flexibles y cercanas dentro de los despachos, y creo que el sector está escuchando estas demandas y está poco a poco cambiando. Considero que es algo positivo, pero no solo para nosotros como personas jóvenes, también para quienes llevan años en el sector.

 

5-Cuéntanos algo más sobre ti y tus aficiones y pasiones fuera del mundo de la abogacía.

Sé que es un tópico, pero me apasiona viajar. Conocer nuevos lugares, con sus paisajes, su cultura, su idioma… me parece absolutamente enriquecedor. También me encanta hacer yoga, me ayuda a relajarme y a mantenerme en forma física y mentalmente. Pero si tuviera que decir una única afición sería cualquier actividad que implique creatividad. De pequeña me pasaba horas haciendo manualidades, dibujando, pintando y, ahora de mayor, he descubierto que puedo aplicar todo esto al maquillaje, y me encanta. En general, cualquier actividad que me permita expresarme con creatividad y, sobre todo, colores.

 

 

María Bartle participa en la jornada «Cómo afrontar una crisis empresarial» tras la nueva Ley Concursal

María Bartle, socia del departamento de Reestructuraciones e Insolvencias en Kepler-Karst, ha participado esta mañana en la primera jornada del ciclo de ponencias titulado ‘Empresarios y Comerciantes ante la nueva Legislación Concursal’, organizado por Madrid Foro Empresarial, asociación de la que Kepler-Karst es miembro. Esta primera jornada, enfocada a «Cómo afrontar una crisis empresarial», ha tenido lugar en la Sede del Consejo General de la Abogacía Española y ha reunido a expertos en Reestructuraciones y Derecho Concursal.

María ha estado al frente de la ponencia titulada “Planes de reestructuración, salvavidas de las empresas”, en la que ha hablado sobre esta herramienta legal que, si bien no es nueva, sí que introduce varias novedades en la nueva normativa. Destacamos:

  • La Reforma de la Ley intenta quitar el estigma del concurso de acreedores ofreciendo la posibilidad de adoptar soluciones preconcursales.
  • El Plan de Reestructuración no es una propuesta anticipada de convenio de acreedores, es mucho más: el plan puede suponer no solo modificar pasivos, sino también modificar los fondos propios de la sociedad, puede suponer modificaciones operativas (un ERE), la venta de una unidad productiva o de varios activos… todo eso puede ser un Plan de Reestructuración.
  • En este sentido, hay que ser imaginativos con el Plan de Reestructuración, porque la norma nos lo permite.
  • Los socios de una empresa pueden verse arrastrados por cualquier tipo de acuerdo societario que se considere necesario para el plan de reestructuración.
  • Los acuerdos de refinanciación únicamente tenían por objeto créditos financieros. Ahora todos, con excepción de los derivados de relaciones familiares, responsabilidad civil extracontractual y laborales. Por consiguiente, sí podrán verse afectados los créditos con garantía real y los de derecho público, sin embargo, en este último supuesto las excepciones que se incluyen para su afectación hace que sigan siendo prácticamente intocables.

 

El día 26 de este mes de septiembre entrará en vigor la nueva Ley Concursal, que supondrá importantes cambios que afectarán a las empresas.

Este acto que, cuenta con el patrocinio de Ibercaja, estará moderado por el Coordinador de la Mesa de Asuntos Jurídicos de Madrid Foro Empresarial, y ha contado con la participación de los despachos de abogados Acountax AbogadosKleper-Karst Law Firm y Selier Abogados.

Los medios se hacen eco del fichaje de María Bartle

Los medios del sector legal se han hecho eco de la llegada de María Bartle al equipo Kepler-Karst. María especialista en Derecho concursal, se une como socia del departamento de Reestructuraciones e Insolvencias.

Iberian Lawyer y Líder Legal han sido algunos de los medios que han publicado la noticia. Con un perfil eminentemente técnico y más de 20 años de experiencia en el sector legal, María Bartle se une a la oficina de Madrid como Socia, donde formará parte del departamento liderado por los socios Davinia Sánchez Luis Barber, y del que también forman parte figuras de renombre en el sector como Armando Betancor o Rodrigo Olivares-Caminal.

No te pierdas la noticia aquí y aquí.

 

La nueva Socia de Kepler-Karst ha participado en operaciones de reestructuración en diversos sectores, principalmente del sector de la industria cerámica así como en sede concursal. Kepler-Karst refuerza así el área de reestructuraciones e insolvencias, y avanza con su plan de crecimiento y posicionamiento como un referente en el país para las empresas que pasan por momentos de distress financiero, situaciones de alta complejidad y/o relevancia pública.

¡Bienvenida al equipo!

Kepler-Karst refuerza su área de Reestructuraciones e Insolvencias incorporando a María Bartle como Socia

Kepler-Karst continua con su plan de crecimiento y el medio digital El Confidencial se ha hecho eco. El departamento de Reestructuraciones e Insolvencias de Kepler-Karst se refuerza con la llegada de María Bartle, especialista en Derecho concursal y hasta ahora socia y directora de la oficina de Valencia del despacho Martínez-Sanz Abogados.

Con un perfil eminentemente técnico y más de 20 años de experiencia en el sector legal, María Bartle se une a la oficina de Madrid como Socia, donde formará parte del departamento liderado por los socios Davinia Sánchez y Luis Barber, y del que también forman parte figuras de renombre en el sector como Armando Betancor o Rodrigo Olivares-Caminal.

María es especialista en Derecho concursal y su carrera ha estado muy ligada al Derecho Mercantil, tanto como asesora legal del día a día de las empresas como participando en procesos de adquisición de unidades productivas a nivel nacional e internacional. Además, su interés y especialización en Derecho Tributario hacen de ella una abogada capaz de ofrecer un asesoramiento completo y multidisciplinar a las empresas.

 

Lee la noticia completa aquí.

La nueva Socia de Kepler-Karst ha participado en operaciones de reestructuración en diversos sectores, principalmente del sector de la industria cerámica así como en sede concursal. Kepler-Karst refuerza así el área de reestructuraciones e insolvencias, y avanza con su plan de crecimiento y posicionamiento como un referente en el país para las empresas que pasan por momentos de distress financiero, situaciones de alta complejidad y/o relevancia pública.

¡Bienvenida al equipo!

 

El Confilegal analiza el fin de la moratoria concursal con Davinia Sánchez

El Confilegal, medio especializado en información jurídica, ha analizado el significado y las consecuencias del fin de la moratoria concursal de la mano de varios expertos, entre ellos Davinia Sánchez, socia de Kepler-Karst y experta en derecho concursal.

Más de dos años después del inicio de la pandemia y tras sucesivas prorrogas de una medida que se aprobó durante los primeros días de la crisis sanitaria, la moratoria concursal llegó a su fin el 30 de junio. El Confilegal se pregunta «¿qué sucede ahora?», pues dede el 1 de julio, ha vuelto la obligación de solicitar el concurso de acreedores en un escenario de insolvencia actual o inminente para la empresa.

 

Según Davinia, en esta nueva etapa “aumentarán los concursos de acreedores de micro y pequeñas empresas, lo que sin duda puede afectar al día a día de los juzgados, ya de por sí saturados, pero no sé si será una avalancha o un crecimiento continuado, o si llegarán ya como empresas zombies”.

En el texto, la socia de Kepler-Karst también habla de las consecuencias de no presentar la solicitud de concurso de acreedores a tiempo, los planes de reestructuración que incluye la nueva normativa que se espera que se apruebe este verano, y hace una valoración de la nueva Ley Concursal, en tramitación.

No te pierdas el artículo completo aquí.

 

  • 1
  • 2

Suscríbete a nuestra Newsletter

Sabemos que recibes miles de newsletters. Por eso solo te enviaremos cosas que de verdad sean interesantes. ¡Prometido!