Propiedad Intelectual

Entendemos que la protección de la innovación y la creatividad es fundamental en el mundo empresarial actual. Nuestro departamento de Propiedad Intelectual e Industrial ofrece un asesoramiento integral y especializado, adaptado a las necesidades únicas de cada cliente.

Nuestros servicios incluyen:
• Derechos de autor: Protección de obras literarias, musicales, artísticas y software.
• Marcas y nombres comerciales: Registro, gestión y defensa de signos distintivos.
• Patentes y modelos de utilidad: Asesoramiento en la protección de invenciones y nuevas tecnologías.
• Diseños industriales: Salvaguarda de la apariencia de productos.
• Secretos empresariales: Estrategias para proteger el know-how y la información confidencial.
• Contratos de licencia: redacción y revisión de los contratos de marcas y patentes.


Ofrecemos:
• Análisis estratégico de gestión de intangibles
• Redacción y negociación de contratos de licencia y cesión
• Resolución de conflictos y litigios en materia de propiedad intelectual e industrial
• Asesoramiento en proyectos de transformación digital y nuevas tecnologías


@keplerkarst.artlaw
Kepler-Karst

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Brave Advocacy Madrid | Londres | Buenos Aires | Las Palmas de Gran Canaria | Bogotá
  • Estamos encantados de presentar la alianza con @avamartistas y reiterar nuestro compromiso con el arte y los artistas.
  • 🎨 Obras por encargo en España

Lo que debes saber: 
1. No hay cesión automática.
3. Los derechos siguen siendo del autor/a, salvo pacto en contrario.
2. El cliente compra el soporte material, no los derechos de explotación.

¿Tienes dudas sobre tu encargo? ¡Escríbenos!
  • 🎨 Tu obra es tu patrimonio. Protégela.
En un mundo donde una creación puede reproducirse y circular sin permiso, conocer tus derechos marca la diferencia.

Desde Kepler-Karst Law Firm, hemos preparado la Guía práctica de derechos de autor para artistas plásticos y visuales, para darte claridad y seguridad jurídica en tu día a día creativo.

¿Qué encontrarás?

• Protección y registro de la obra
• Titularidad de derechos
• Derechos morales del autor
• Derechos de remuneración del artista
• Obras por encargo
• Contratos entre creadores
• Cesión/transmisión de derechos económicos
…y mucho más.

📥 Descárgala gratis: enlace en bio y stories

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  • Cada vez que diseñas una ilustración o creas contenido original, nace una obra que merece protección jurídica.

⚠️ Sin registro, tu obra queda desprotegida.

El trámite es más sencillo de lo que crees y la inversión es mínima en comparación con el valor que proteges.

¿Tienes obras sin registrar?
  • ¿Sabías que cuando dejas una obra en una galería, museo o incluso en manos de un tercero, lo recomendable es firmar un contrato de depósito?

En el mundo del arte, este documento es clave porque:
- Protege al artista o al propietario de la obra.
- Define las condiciones de custodia, conservación y devolución.
- Establece responsabilidades frente a daños, pérdidas o robos.
- Deja claro el tiempo y las circunstancias del depósito.

Un contrato de depósito no es un simple papel: es la garantía de que tu obra estará resguardada en buenas condiciones y con seguridad jurídica.
  • ¿Es legal la apropiación artística?

Este es uno de los temas más complejos en el mundo del arte y la posición de los jueces no siempre resulta sencilla. De hecho, las respuestas están llenas de matices.

Os dejamos las decisiones judiciales en cuatro casos muy conocidos de Jeff Koons:

1. SÍ → El tribunal determinó que la escultura de Koons copiaba sustancialmente la fotografía de Rogers. No se aceptó la defensa de “parodia” ni de fair use, porque no había transformación suficiente ni comentario crítico sobre la obra original. (Art Rogers vs. Jeff Koons)

2. NO → El tribunal aceptó la defensa de fair use. Consideró que Koons transformó la imagen al darle un nuevo contexto y propósito: la usó como parte de una composición que criticaba la cultura del consumo y el deseo. (Andrea Blanch vs. Jeff Koons)

3. SÍ → El tribunal dictaminó que la escultura copiaba de forma sustancial la fotografía original sin autorización. No se aceptó que fuera parodia ni transformación, y Koons fue condenado por infracción de copyright. (Jean-François Bauret vs. Jeff Koons)

4. SÍ → La escultura replicaba de manera evidente la publicidad de Davidovici. El tribunal francés concluyó que no había uso transformativo y que se trataba de una copia no autorizada, por lo cual Koons y el museo que la exhibía fueron condenados. (Franck Davidovici vs. Jeff Koons)

👉 ¿Vosotros qué pensáis? ¿Dónde se traza la línea?

¿Por qué hablar de derecho en el arte?

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