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Cómo afectan los créditos ICO a los Planes de Reestructuración
Créditos ICO y Planes de Reestructuración

En los dos últimos años, muchas empresas han accedido a financiación a través de líneas ICO, es decir, créditos avalados por el Estado a través del Instituto de Crédito Oficial, y facilitados a través de los bancos. ¿Cómo afectan estos créditos a los Planes de Reestructuración? Te lo explicamos:

 

El Texto Refundido de la Ley Concursal

La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal establecía en su Disposición Adicional 8ª que era necesaria autorización previa de la AEAT para poder aprobar un plan de reestructuración en el que hubiera financiación acogida a la línea ICO Covid-19 bajo el Real Decreto Ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

 

Modificación de la Disposición Adicional 8ª

La dificultad de gestión que esto planteaba hizo que el 27 de diciembre de 2022, el Gobierno aprobara la modificación de esta Disposición Adicional.

Así, el artículo 105 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, eliminó ese requisito de autorización de la AEAT, cuando las modificaciones propuestas cumplieran ciertos requisitos:

  1. Los requisitos de elegibilidad de los convenios marco con las entidades financieras
  2. No supongan la extensión del plazo de vencimiento de la operación avalada por encima de los 8 años o 10 años de vencimiento desde la fecha de concesión inicial del préstamo.

En concreto, el apartado 7 de este artículo establece que “las entidades financieras podrán votar favorablemente las propuestas de planes de reestructuración sin necesidad de recabar autorización de la Agencia Estatal de Administración Tributaria cuando concurran las circunstancias previstas en los correspondientes Reales Decretos y Acuerdos de Consejo de Ministros adoptados al amparo del Marco Temporal Europeo y el artículo 16.2 del Real Decreto Ley 5/2021.”  

De esta manera, se permitía que todas las extensiones de plazo de préstamos y líneas ICO Covid-19 –las derivadas del Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de junio de 2022- pudieran llevarse a efecto en planes de restructuración firmados con las entidades sin necesidad de autorización previa de la AEAT.

Sin duda este cambio favoreció que las entidades financieras firmaran reestructuraciones, algo que hasta el momento no hacían por las dudas y el riesgo, y que se consiguiera la salvaguarda de empresas con todo lo que ello conlleva. Sin ir más lejos, en Kepler-Karst conseguimos homologar el primer plan de reestructuración con avales públicos.

¿Cómo afectan los créditos ICO a los Planes de Reestructuración?

Otras particularidades:

Además de todo lo mencionado, los créditos ICO tienen estas particularidades.

-Los créditos derivados de los avales públicos ostentan, de acuerdo con la Ley, el rango de crédito ordinario, sin perjuicio de la existencia de otras garantías otorgadas al crédito principal avalado.

-La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, establece que a las entidades financieras les corresponderá la representación de los créditos derivados de los avales públicos, por cuenta y en nombre del Estado, así como de las comunicaciones.

– Aquellos planes de reestructuración que puedan afectar a créditos derivados de avales públicos no podrán imponer el cambio de ley aplicable, el cambio del deudor, modificación o extinción de sus garantías, o la conversión de estos en acciones o participaciones sociales.

 

En Kepler-Karst contamos con expertos que pueden ayudarte a gestionar y plantear un plan de reestructuración para tu empresa. ¡Contáctanos!

Kepler-Karst logra homologar el primer plan de reestructuración con avales públicos
Kepler-Karst logra homologar el primer plan de reestructuración con avales públicos

El despacho de abogados experto en reestructuraciones Kepler-Karst ha logrado homologar el primer plan de reestructuración en el que hay avales públicos en juego, tras su asesoramiento a la empresa Interfronteras Área de Servicios S.L.

El Confidencial se hace eco de este éxito, que marca un hito para el mercado por ser el primero conocido que extiende plazos de préstamos ICO, y que ha sido conseguido por el equipo de Kepler-Karst liderado por Rodrigo Olivares-Caminal, Of Counsel experto en reestructuraciones, y Eduardo Frutos, socio del despacho, junto con las empresas asesoras de las entidades financieras, AFI y BDO.

El plan, homologado por el Juzgado de lo Mercantil nº2 de Almería y diseñado bajo el paraguas de la reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, supone la reestructuración de una deuda de tres millones, fue el primer acuerdo de reestructuración que afectó al ICO y su clave está en la recalendarización de la deuda sin quitas.

Kepler-Karst logra homologar el primer plan de reestructuración con avales públicos

Este calendario de amortización sin quitas, además de extenderse en el tiempo, permite una amortización menor durante los primeros años, dejando una parte significativa para los últimos ejercicios. Además, los créditos con aval ICO que la compañía había solicitado, y que en este caso no habían sido ejecutados ni total ni parcialmente, mantienen su aval.

Tal y como dice el artículo de El Confidencial, la empresa almeriense Interfronteras Áreas de Servicio -cuya problemática financiera llegó por la pandemia, puesto que en pleno confinamiento tuvo que permanecer funcionando con su gasolinera, una de las principales de Almería, donde suelen parar camiones que salen de El Ejido con destino a Francia- no pudo aplicar ERTE, pero las ventas se desplomaron por el confinamiento. Así, la compañía se ha encontrado con un problema financiero porque, aunque es solvente a largo plazo, los costes financieros se estaban comiendo los ingresos de corto plazo.

El expertise de Rodrigo Olivares-Caminal en reestructuraciones y su conocimiento financiero estratégico, junto con la alta competencia de Eduardo Frutos en operaciones de similar naturaleza en las que son importantes altas dotes de negociación, hicieron que los acreedores -las principales entidades financieras del país-, aceptaran el Plan de Reestructuración dada la viabilidad de Interfronteras y el plan de negocio presentado.

Lee el artículo completo aquí.

¿Qué pasa si se presenten varios planes de reestructuración, los llamados planes competidores?
Luis Barber habla en Cinco Días sobre los Planes de Reestructuración

Luis A. Barber, socio de Kepler-Karst y experto en reestructuraciones y situaciones especiales, aborda para Cinco Días los los planes de reestructuración, una de las novedades más relevantes de la reforma de la Ley Concursal.

Estos planes, cuyo objetivo es prevenir la insolvencia y evitar que empresas viables terminen en liquidación, pueden presentarse tanto por deudores como por acreedores, y para su aprobación se precisan mayorías que se obtienen agrupando a los acreedores por “clases”. Estas clases, matiza Luis, han de formarse justificándolas, “para evitar cometer fraudes a través de su manipulación”.

Para evitar dicha situación, nuestro experto en reestructuraciones aconseja “estrategia y planificación”, ya que las mayorías prevén la posibilidad de imponer decisiones a acreedores disidentes y a socios, como ha ocurrido en casos recientes.

Luis A. Barber, socio de Kepler-Karst y experto en reestructuraciones y situaciones especiales, comenta para Cinco Días una de las novedades más relevantes de la reforma de la Ley Concursal: los planes de reestructuración.

Luis A. Barber, socio de Kepler-Karst y experto en reestructuraciones y situaciones especiales, comenta para Cinco Días una de las novedades más relevantes de la reforma de la Ley Concursal: los planes de reestructuración.

No te pierdas el reportaje completo de Luis Barber sobre los Planes de Reestructuración haciendo click aquí.

En Kepler-Karst somos los Expertos en Reestructuraciones a los que las empresas acuden ante una situación de distress financiero y contamos con la más sólida formación y experiencia jurídica, económica y financiera. Nuestros casos de éxito nos avalan.

Legislación actual

La legislación actual pone el foco en la prevención de la insolvencia para que, aquellas empresas viables que se hallen en dificultades financieras, tengan un marco legal efectivo que les permita continuar su actividad y obtener una solución fuera del concurso de acreedores, de forma más ágil y efectiva.

Frente a dificultades financieras se puede elaborar un Plan de Reestructuración y, a tal efecto, tanto la empresa como sus acreedores pueden solicitar que se nombre a una persona Experta en Reestructuraciones, para que pueda asistir al deudor y a los acreedores en las negociaciones necesarias para la elaboración del referido plan.

A través de Kepler-Karst Restructuring Expert, contamos con los recursos humanos y técnicos necesarios y del más alto nivel para desempeñar el rol de Experto en Reestructuraciones y ayudar a las empresas a elaborar un Plan, garantizando la imparcialidad, objetividad e independencia del cargo.

Kepler-Karst asesora a Interfronteras Área de Servicios en la primera operación conocida de reestructuración con avales públicos
Kepler-Karst, despacho experto en reestructuraciones, asesora a Interfronteras Área de Servicios en la primera operación conocida de reestructuración con avales públicos

Lee la noticia en El Confidencial titulada «La banca ya extiende plazos en los créditos ICO al refinanciar empresas en problemas». 

Desde Kepler-Karst Law Firm, despacho especializado en Reestructuraciones e Insolvencias, hemos asesorado a Interfronteras Área de Servicios S.L. en la primera operación conocida de reestructuración -bajo el paraguas de la reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal- en la que hay avales públicos en juego.

El Plan de Reestructuración diseñado por los expertos de Kepler-Karst Rodrigo Olivares-Caminal, Of Counsel, y Eduardo Frutos, socio, junto con las empresas asesoras de las entidades financieras, AFI y BDO, supone reestructurar la deuda financiera con el fin de acomodarla a la generación de caja actual y futura.

La clave del acuerdo alcanzado es un calendario de amortización sin quitas que, además de extenderse en el tiempo, permite una amortización menor durante los primeros años, dejando una parte significativa para los últimos ejercicios. Además, los créditos con aval ICO que la compañía había solicitado, y que en este caso no habían sido ejecutados ni total ni parcialmente, mantienen su aval.

El expertise de Rodrigo Olivares-Caminal en reestructuraciones y su conocimiento financiero estratégico, junto con la alta competencia de Eduardo Frutos en operaciones de similar naturaleza en las que son importantes altas dotes de negociación, hicieron que los acreedores -las principales entidades financieras del país-, aceptaran el Plan de Reestructuración dada la viabilidad de Interfronteras y el plan de negocio presentado.

Contexto y situación de la empresa

Interfronteras Área de Servicio es una de las principales estaciones de servicio de Almería. Con la llegada de la COVID-19 y al ser considerado un sector esencial, Interfronteras se vio obligada a permanecer abierta 24 horas a pesar de las restricciones implantadas en el país. Por ello, no pudo aplicar medidas de reestructuración interna como ERTEs, y tuvo que mantener los mismos costes operativos que antes de la pandemia, vendiendo un 95% menos durante los meses en que las medidas fueron más estrictas.

Pese a la estabilidad del volumen de negocio previo a la crisis sanitaria, las ventas cayeron y las ventas se redujeron en más de un 30% respecto de los ejercicios anteriores. Esta situación apenas se vio mitigada en el año 2021 por la crisis derivada en transporte y logística.

Interfronteras solicitó ayuda a través de créditos ICO con aval público para seguir manteniendo su actividad, pero los problemas volvieron a surgir al tener que devolver estos créditos sin que el negocio se hubiera recuperado.

Ante su grave situación financiera, Interfronteras acudió al despacho de abogados Kepler-Karst, experto en reestructuraciones, quienes consiguieron reconducir una situación que parecía estar abocada al concurso de acreedores y liquidación.

 

Si necesitas expertos en reestructuraciones, en Kepler-Karst podemos ayudarte. Escríbenos a administracion@keplerkarst.com

Novedades de la Reforma Concursal III | Régimen especial para Pymes

La Ley de reforma de la Ley Concursal ha entrado en vigor, pero, ¿qué novedades trae esta reforma?

Ya hemos hablado de la figura del experto en reestructuraciones, de los planes de reestructuración y del papel de los acreedores, y hoy nos centramos en el régimen especial que recoge la norma para la reestructuración de Pymes. En cuanto a esto, la Ley dice:

Lo primero que hay que establecer es qué es una Pyme. La norma considera Pyme a toda persona física o jurídica que lleve a cabo actividad empresarial o profesional, cuyo número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio anterior no sea superior a 49, y cuyo volumen de negocio anual no supere los 10 millones de euros. Quedan excluidas de la definición las micropymes y las sociedades que pertenezcan a un grupo obligado a consolidar.

Una de las especialidades que incluye la Ley para estas empresas se refiere a las comunicaciones, y se establece que debe incluirse esta circunstancia (ser una Pyme) en las comunicaciones con los acreedores. La penalización por no hacerlo supone no poder efectuar otra comunicación en el plazo de un año. Además, la prórroga de los efectos de esta comunicación –negociaciones con los acreedores o preconcurso- solo puede ser solicitada por el propio deudor.

En cuanto al plan de reestructuración propiamente dicho, las Pymes tienen habilitado un formulario electrónico para poder presentar su Plan de Reestructuración en la web de la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia, así como en notarías y oficinas del Registro Mercantil.

Junto con este formulario deberán adjuntar la documentación que se exige en la ley (poderes procesales, relación de acreedores, relación de bienes y derechos…). En el caso de querer incluir en el Plan créditos públicos, deberán además presentar certificado que diga que están al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Las directrices para su cumplimiento pueden encontrarse aquí.

La homologación del plan de reestructuración solo podrá solicitarse si el deudor y, en su caso, los socios de la sociedad deudora lo hubieran aprobado. Y, aunque no haya sido aprobado por todas las clases de acreedores, el plan de reestructuración podrá ser homologado si la clase o clases de acreedores que no lo hayan aprobado reciben un trato más favorable que cualquier otra clase de rango inferior.

¿Tienes dudas? Llámanos, escríbenos o visítanos. Podemos ayudarte. 

 

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