El blanqueo de capitales consiste en realizar operaciones para encubrir el origen de beneficios económicos obtenidos de manera ilegal, de manera que parezca que provienen de fuentes lícitas.
Supone convertir activos de cualquier clase provenientes del delito (antiguamente se consideraba solo narcotráfico, ahora es un supuesto agravado, pero cuenta como delito cualquier delito grave) en bienes legales, a través de inversiones, compraventas, etc.
Es un delito contra el patrimonio previsto en el Código Penal que alcanza a diversas personas:
- Al autor del delito o “cerebro” de la idea criminal
- A quienes han participado en el ocultamiento de los fondos como cómplices
- A aquellos que se han beneficiado a sabiendas de la situación (responsables a título lucrativo)
No hace falta, pues, actuar de acuerdo con el “cerebro” autor de la idea criminal, bastaría participar con un papel menos relevante en el blanqueo de bienes o activos procedentes de delitos anteriores (tráfico de drogas, una estafa, malversación, etc.), pero sabiendo que se está actuando sobre bienes que provienen de un delito.
- Y sí, también se castiga el blanqueo imprudente. A quienes, por las circunstancias del caso, se considera que estaban en condiciones de conocer la ilícita procedencia de los bienes o dinero con sólo observar unas mínimas cautelas.
Si crees que puedes estar en alguno de estos supuestos, escríbenos. Analizaremos tu caso con la máxima diligencia y discreción.