La protección del derecho al honor es un derecho fundamental que admite defensa tanto por vía civil como penal, en función de la gravedad de la vulneración. Mientras que la vía civil se orienta a reparar daños patrimoniales por intromisión ilegítima la protección penal del honor se reserva para las
vulneraciones de mayor gravedad y exige cumplir estrictamente los requisitos procesales. La decisión de si existe delito se basa tanto en la literalidad de los términos empleados como, de forma determinante, en el contexto y la intencionalidad, prevaleciendo el derecho al honor cuando se exceden los límites del debate crítico y se menoscaba la dignidad de la persona. Mario García analiza las diferencias entre ambos procedimientos en el siguiente artículo.
La lenta vía de los juzgados para reclamar indemnizaciones tras un accidente de tren
Tras un accidente ferroviario, una de las principales cuestiones jurídicas es determinar quién debe responder por los daños sufridos por las víctimas y qué vías