Luis Barber y Armando Betancor para El derecho: «La moratoria concursal no supone una ‘patente de corso’ para los Administradores»

Los administradores de empresas tienen la obligación de solicitar la declaración del concurso de acreedores cuando saben que la compañía que administran está en situación de insolvencia. Pero esta obligación está en suspenso gracias a la Moratoria Concursal aprobada por el Gobierno y prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2021. ¿Significa esto que las responsabilidades de los Administradores de empresas que se acojan a la moratoria también están en suspenso?

Nuestros Of Counsels Luis Barber y Armando Betancor reflexionan sobre esta cuestión en un artículo publicado por ElDerecho.com.

"La suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores, acompañada de la inadmisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario presentadas por los acreedores, habrá que imbricarse con la responsabilidad de los órganos de administración de esas compañías que decidan postergar su presentación de concurso", explican los expertos.

¿Quieres saber más? No te pierdas el artículo completo aquí.

Síguenos en:

Categorías

Equipo

Socios