Paloma Crespo, asociada en Kepler-Karst Law Firm, publica en El Derecho un artículo sobre la recurribilidad en casación de los autos de sobreseimiento provisional, una cuestión de especial relevancia en la práctica.
El artículo examina la diferencia entre el sobreseimiento libre y el provisional, así como los efectos jurídicos derivados de cada figura. Mientras el sobreseimiento libre actúa como una absolución anticipada y produce efectos de cosa juzgada, el sobreseimiento provisional no pone fin al procedimiento y permite su reapertura cuando concurren determinadas circunstancias.
Tal y como ha advertido el Tribunal Supremo, la utilización extensiva del sobreseimiento provisional puede derivar en un empleo instrumental destinado a evitar los efectos del sobreseimiento libre. Una consecuencia particularmente relevante es la imposibilidad de recurrir en casación los autos dictados al amparo del artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
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