En este artículo, los autores analizan un fallo de la Corte Suprema del Reino Unido referente a la estabilidad de los acuerdos de financiación de litigios en dicho país. El caso, surgido tras un dictamen de la Comisión Europea que halló culpables a cinco fabricantes de vehículos industriales de una violación de las normas antimonopolio, derivó en una demanda de compensación por parte de los clientes cursada mediante procedimientos colectivos financiados por terceros. Ambos autores destacan la importancia de los acuerdos privados entre las partes; analizan el derecho de impugnación de terceros ajenos al acuerdo a través de la comparación de los principios del Derecho Civil con los del Common Law y, por último, examinan de qué manera esta relación podría afectar la estabilidad de los acuerdos de financiación de litigios en el Reino Unido.
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